ICIO en Fuente el Olmo de Íscar 2025: tipo del impuesto de obras
En 2025, el tipo máximo del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras aprobado por el Ayuntamiento de Fuente el Olmo de Íscar es del 2,00 % del coste real y efectivo de la obra.
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Qué es el ICIO
El ICIO es un impuesto voluntario para los ayuntamientos que grava cualquier construcción, instalación u obra que necesite licencia o declaración responsable. La base imponible es el coste real y efectivo de la obra (sin IVA, honorarios ni beneficio industrial) y el tipo máximo legal es el 4 % (artículo 102 del TRLRHL). Se liquida provisionalmente al pedir la licencia y se regulariza al terminar la obra.
Comparativa con municipios similares de Segovia
| Municipio | Tipo |
|---|---|
| Fuente el Olmo de Íscar | 2,00 % |
| Juarros de Riomoros | 3,00 % |
| Membibre de la Hoz | 2,00 % |
| Ribota | 2,00 % |
| Sequera de Fresno | 2,00 % |
| Aldeanueva de la Serrezuela | 2,00 % |
| Castro de Fuentidueña | 2,50 % |
| Media de los 209 municipios de Segovia | 2,57 % |
| Media nacional (7.399 municipios) | 2,55 % |
Posición nacional: 4629.º de 7.399 municipios · Ranking de Segovia → · Ranking nacional →
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es el ICIO en Fuente el Olmo de Íscar?
El tipo máximo aprobado por el Ayuntamiento de Fuente el Olmo de Íscar para 2025 es del 2,00 % del coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra.
¿Se paga ICIO por una reforma en casa?
Sí, siempre que la obra requiera licencia urbanística o declaración responsable. Se calcula sobre el presupuesto de ejecución material, sin IVA.
¿Hay bonificaciones?
Los ayuntamientos pueden bonificar hasta el 95 % en obras de especial interés, y también por accesibilidad o eficiencia energética. Consulta la ordenanza fiscal del ICIO de Fuente el Olmo de Íscar.
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