Plusvalía municipal en Navarredonda y San Mamés 2025
Datos de 2025. El Ayuntamiento de Navarredonda y San Mamés no figura en la publicación de 2026 del Ministerio de Hacienda («Todos los municipios que han enviado información», consultada el 5 de octubre de 2026). Se muestran los de 2025, el último ejercicio que declaró, y las comparaciones con la provincia usan también 2025.
En los datos de 2025 del Ministerio de Hacienda no figura un tipo de gravamen de la plusvalía municipal (IIVTNU) para Navarredonda y San Mamés. El dato no dice por qué: puede que el ayuntamiento no tenga establecido este impuesto, que es voluntario para los municipios (artículo 59.2 del TRLRHL), o que no haya comunicado el tipo. Antes de una venta, herencia o donación, comprueba la ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Navarredonda y San Mamés vigente en la fecha de la transmisión, en su sede electrónica o en el boletín oficial de la provincia.
Si vendes, heredas o recibes en donación un inmueble en Navarredonda y San Mamés, lo que cuenta es la ordenanza vigente en la fecha de la transmisión: si el impuesto estaba establecido entonces, hay que presentar la declaración o autoliquidación en plazo (30 días hábiles en ventas y donaciones; 6 meses en herencias, prorrogables a un año), aunque la ordenanza se haya derogado después. Si no estaba establecido, no hay plusvalía municipal que presentar; los impuestos estatales de la operación (IRPF, sucesiones) son otra cosa. Para tu caso concreto, pregunta al ayuntamiento o a un profesional.
Preguntas frecuentes
¿Se paga plusvalía municipal en Navarredonda y San Mamés?
En los datos de 2025 del Ministerio de Hacienda no figura un tipo de gravamen de la plusvalía municipal (IIVTNU) para Navarredonda y San Mamés. El dato no dice por qué: puede que el ayuntamiento no tenga establecido este impuesto, que es voluntario para los municipios (artículo 59.2 del TRLRHL), o que no haya comunicado el tipo. Antes de una venta, herencia o donación, comprueba la ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Navarredonda y San Mamés vigente en la fecha de la transmisión, en su sede electrónica o en el boletín oficial de la provincia.
¿Qué hago si vendo o heredo un inmueble en Navarredonda y San Mamés?
Comprueba en el Ayuntamiento de Navarredonda y San Mamés si había una ordenanza del IIVTNU en vigor en la fecha de la transmisión. Si la había, hay que presentar la declaración o autoliquidación en plazo (30 días hábiles en ventas y donaciones, 6 meses en herencias, prorrogables a un año) con los coeficientes y el tipo que indique el ayuntamiento; si no la había, no hay plusvalía municipal que presentar. Esta página no sustituye esa consulta.
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