InicioSalamancaBóveda del Río Almar › IBI

Tipo de IBI en Bóveda del Río Almar 2025

En 2025, el Ayuntamiento de Bóveda del Río Almar aplica un tipo del 0,500 % sobre el valor catastral de las viviendas y demás inmuebles urbanos. La última revisión catastral del municipio fue en 2017.

0,500 %
Tipo IBI urbano
0,500 %
Tipo IBI rústico
244.º de 351
Posición en Salamanca (de mayor a menor)
0,569 %
Media de los 351 municipios de Salamanca

Calcula tu IBI en Bóveda del Río Almar

Cuota íntegra = valor catastral × 0,5000 %. No incluye bonificaciones (familia numerosa, VPO, autoconsumo…) ni el posible recargo por vivienda desocupada.

Cómo se calcula el IBI

La cuota del IBI se obtiene multiplicando el valor catastral del inmueble por el tipo de gravamen aprobado por el ayuntamiento en su ordenanza fiscal. La ley (artículo 72 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales) fija para los bienes urbanos un mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,10 %, que puede subir por circunstancias como ser capital de provincia o prestar transporte público. Por eso dos ciudades con el mismo tipo pueden tener recibos muy distintos: lo que cambia es el valor catastral, que depende de cuándo se hizo la última revisión.

Comparativa con municipios similares de Salamanca

MunicipioTipo
Bóveda del Río Almar0,500 %
Mancera de Abajo0,600 %
Rágama0,530 %
Tardáguila0,400 %
Montejo0,700 %
Narros de Matalayegua0,500 %
Poveda de las Cintas0,792 %
Media de los 351 municipios de Salamanca0,569 %
Media nacional (7.399 municipios)0,594 %

Posición nacional: 4974.º de 7.399 municipios · Ranking de Salamanca → · Ranking nacional →

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el tipo de IBI en Bóveda del Río Almar en 2025?

El tipo aplicable a los bienes inmuebles urbanos de uso residencial en Bóveda del Río Almar es del 0,500 % en 2025, según la información declarada por el ayuntamiento al Ministerio de Hacienda.

¿Es alto el IBI de Bóveda del Río Almar?

Ocupa la posición 244 de 351 municipios de la provincia de Salamanca, cuya media es del 0,569 %. Recuerda que el recibo final depende también del valor catastral, revisado en 2017 en este municipio.

¿Cómo calculo lo que pagaré?

Multiplica el valor catastral de tu inmueble por el tipo (0,500 %) y divide entre 100. El resultado es la cuota íntegra anual, antes de bonificaciones.

Otros tributos en Bóveda del Río Almar

ICIO en Bóveda del Río AlmarImpuesto de vehículos en Bóveda del Río AlmarPlusvalía municipal en Bóveda del Río AlmarFicha completa de Bóveda del Río Almar

Guías prácticas