Plusvalía municipal en Garafía 2026
En los datos de 2026 del Ministerio de Hacienda no figura un tipo de gravamen de la plusvalía municipal (IIVTNU) para Garafía. El dato no dice por qué: puede que el ayuntamiento no tenga establecido este impuesto, que es voluntario para los municipios (artículo 59.2 del TRLRHL), o que no haya comunicado el tipo. Antes de una venta, herencia o donación, comprueba la ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Garafía vigente en la fecha de la transmisión, en su sede electrónica o en el boletín oficial de la provincia.
Si vendes, heredas o recibes en donación un inmueble en Garafía, lo que cuenta es la ordenanza vigente en la fecha de la transmisión: si el impuesto estaba establecido entonces, hay que presentar la declaración o autoliquidación en plazo (30 días hábiles en ventas y donaciones; 6 meses en herencias, prorrogables a un año), aunque la ordenanza se haya derogado después. Si no estaba establecido, no hay plusvalía municipal que presentar; los impuestos estatales de la operación (IRPF, sucesiones) son otra cosa. Para tu caso concreto, pregunta al ayuntamiento o a un profesional.
Cómo ha cambiado la plusvalía municipal en Garafía desde 2022
El tipo máximo de la plusvalía en Garafía era 20,00 % en 2022 y es 28,00 % en 2024: ha subido 8,00 puntos (un 40,0 % más). Cambió una sola vez, en 2024. La media de los municipios de Santa Cruz de Tenerife con dato pasó de 21,77 % (42 municipios) a 25,12 % (45) en el mismo periodo. Como no son los mismos municipios, parte de esa variación puede deberse a quién declaró cada año. En los datos de 2026 no figura tipo de gravamen para este municipio.
| Ejercicio | Garafía | Media de Santa Cruz de Tenerife (municipios con dato) |
|---|---|---|
| 2024 (cambio) | 28,00 % | 25,12 % (45) |
| 2023 | 20,00 % | 23,59 % (44) |
| 2022 | 20,00 % | 21,77 % (42) |
Valores declarados cada año por el ayuntamiento al Ministerio de Hacienda. Un año que no aparece es un año sin dato publicado para este municipio.
Preguntas frecuentes
¿Se paga plusvalía municipal en Garafía?
En los datos de 2026 del Ministerio de Hacienda no figura un tipo de gravamen de la plusvalía municipal (IIVTNU) para Garafía. El dato no dice por qué: puede que el ayuntamiento no tenga establecido este impuesto, que es voluntario para los municipios (artículo 59.2 del TRLRHL), o que no haya comunicado el tipo. Antes de una venta, herencia o donación, comprueba la ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Garafía vigente en la fecha de la transmisión, en su sede electrónica o en el boletín oficial de la provincia.
¿Qué hago si vendo o heredo un inmueble en Garafía?
Comprueba en el Ayuntamiento de Garafía si había una ordenanza del IIVTNU en vigor en la fecha de la transmisión. Si la había, hay que presentar la declaración o autoliquidación en plazo (30 días hábiles en ventas y donaciones, 6 meses en herencias, prorrogables a un año) con los coeficientes y el tipo que indique el ayuntamiento; si no la había, no hay plusvalía municipal que presentar. Esta página no sustituye esa consulta.
¿Ha subido la plusvalía municipal en Garafía?
El tipo máximo de la plusvalía en Garafía era 20,00 % en 2022 y es 28,00 % en 2024: ha subido 8,00 puntos (un 40,0 % más). Cambió una sola vez, en 2024. La media de los municipios de Santa Cruz de Tenerife con dato pasó de 21,77 % (42 municipios) a 25,12 % (45) en el mismo periodo. Como no son los mismos municipios, parte de esa variación puede deberse a quién declaró cada año. En los datos de 2026 no figura tipo de gravamen para este municipio.
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