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Proyecto independiente. No es una web oficial ni de ningún ayuntamiento.Ejercicio 2025 · Datos publicados por el Ministerio de Hacienda

Plusvalía municipal en Morata de Tajuña 2025

Ejercicio 2025 de los datosFUENTE Ministerio de Hacienda7.551 municipios de régimen común0 € · SIN REGISTRO Cálculo local en tu navegador

Datos de 2025. El Ayuntamiento de Morata de Tajuña no figura en la publicación de 2026 del Ministerio de Hacienda («Todos los municipios que han enviado información», consultada el 5 de octubre de 2026). Se muestran los de 2025, el último ejercicio que declaró, y las comparaciones con la provincia usan también 2025.

En 2025, el Ayuntamiento de Morata de Tajuña aplica en el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (la «plusvalía municipal») un tipo de gravamen del 17,00 % sobre la base imponible, que se obtiene multiplicando el valor catastral del suelo por un coeficiente según los años que hayas tenido el inmueble.

17,00 %
Tipo de gravamen
136.º de 161
Posición en Madrid
24,61 %
Media de los 161 municipios de Madrid
0,15 – 0,40
Coeficiente de menos de 1 año a 20 o más

Los coeficientes de Morata de Tajuña son los declarados por el ayuntamiento para 2025. El RDL 29/2026, art. 10, prevé nuevos máximos con efectos desde el 1 de diciembre de 2026. Comprueba la vigencia de la norma y la ordenanza en la fecha de transmisión: si un coeficiente municipal supera el máximo legal aplicable, se aplica directamente este último (art. 107.4 TRLRHL). La estimación inferior usa los coeficientes declarados y no incorpora una eventual actualización posterior.

Calcula la plusvalía municipal en Morata de Tajuña (método objetivo)

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Esta estimación para Morata de Tajuña usa los coeficientes declarados en 2025. Base imponible = valor catastral del suelo × coeficiente del periodo; para menos de un año, el coeficiente anual se prorratea por meses completos entre 12 (art. 107.4 TRLRHL). Cuota = base × tipo. Si acreditas un incremento real del terreno menor que la base objetiva conforme a los arts. 104.5 y 107.5, puede aplicarse esa base inferior. Si acreditas que no hubo incremento, no está sujeta, pero debes declararla en plazo (30 días hábiles en ventas y donaciones; 6 meses en herencias) y aportar los títulos. Sin bonificaciones (por ejemplo, herencias entre familiares directos).

Coeficientes y tipos por años de tenencia en Morata de Tajuña

Años de tenenciaCoeficienteTipoAños de tenenciaCoeficienteTipoAños de tenenciaCoeficienteTipo
Menos de 1 año0,1517,00 %7 años0,2017,00 %14 años0,0917,00 %
1 año0,1517,00 %8 años0,1917,00 %15 años0,0917,00 %
2 años0,1417,00 %9 años0,1517,00 %16 años0,1017,00 %
3 años0,1417,00 %10 años0,1217,00 %17 años0,1317,00 %
4 años0,1617,00 %11 años0,1017,00 %18 años0,1717,00 %
5 años0,1817,00 %12 años0,0917,00 %19 años0,2317,00 %
6 años0,1917,00 %13 años0,0917,00 %20 años o más0,4017,00 %

Los coeficientes máximos se actualizan por norma con rango de ley (artículo 107.4 del TRLRHL); el ayuntamiento puede aprobar coeficientes inferiores y un tipo de hasta el 30 %. Para menos de un año, el coeficiente de la tabla es anual y se prorratea por meses completos.

Cómo funciona la plusvalía desde 2021: métodos, exenciones y plazos: leer la guía →

Cómo ha cambiado la plusvalía municipal en Morata de Tajuña desde 2022

El tipo máximo de la plusvalía en Morata de Tajuña era 17,00 % en 2022 y es 17,00 % en 2025: el mismo valor. No cambió en ningún ejercicio de ese periodo. La media de los municipios de Madrid con dato pasó de 22,31 % (155 municipios) a 24,62 % (161) en el mismo periodo. Como no son los mismos municipios, parte de esa variación puede deberse a quién declaró cada año.

EjercicioMorata de TajuñaMedia de Madrid (municipios con dato)
202517,00 %24,62 % (161)
202417,00 %24,68 % (166)
202317,00 %23,62 % (163)
202217,00 %22,31 % (155)

Valores declarados cada año por el ayuntamiento al Ministerio de Hacienda. Un año que no aparece es un año sin dato publicado para este municipio.

Comparativa con municipios similares de Madrid

MunicipioTipo
Morata de Tajuña17,00 %
Camarma de Esteruelas19,00 %
Villarejo de Salvanés25,00 %
El Boalo15,00 %
Torres de la Alameda25,00 %
Cercedilla27,00 %
Villa del Prado27,00 %
Media de los 161 municipios de Madrid24,61 %

Ranking de Madrid → · Ranking nacional →

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es la plusvalía municipal en Morata de Tajuña?

El tipo de gravamen del IIVTNU en Morata de Tajuña para 2025 es del 17,00 %. La base se calcula multiplicando el valor catastral del suelo por un coeficiente según los años de tenencia (por ejemplo, 0,12 a los 10 años). Con un suelo de 50.000 € y 10 años, la cuota objetiva sería de 1.020,00 €.

¿Cuánto se paga de plusvalía en Morata de Tajuña según los años de tenencia?

Con un valor catastral del suelo de 50.000 € y el método objetivo, la cuota en 2025 sería: 1.530,00 € a los 5 años, 1.020,00 € a los 10 y 3.400,00 € a los 20 o más, antes de reducciones y bonificaciones. Si el incremento real del terreno es menor, puede acreditarse esa base inferior; si no hubo incremento, hay que declarar la transmisión en plazo con los títulos para acreditar la no sujeción.

¿Es caro el tipo de la plusvalía de Morata de Tajuña frente a su provincia?

Ocupa el puesto 136 de 161 municipios de Madrid, ordenados de mayor a menor. La media provincial es de 24,61 % y la horquilla va de 9,00 % a 30,00 %.

¿Ha subido la plusvalía municipal en Morata de Tajuña?

El tipo máximo de la plusvalía en Morata de Tajuña era 17,00 % en 2022 y es 17,00 % en 2025: el mismo valor. No cambió en ningún ejercicio de ese periodo. La media de los municipios de Madrid con dato pasó de 22,31 % (155 municipios) a 24,62 % (161) en el mismo periodo. Como no son los mismos municipios, parte de esa variación puede deberse a quién declaró cada año.

¿Cuál es el tipo de la plusvalía municipal de Morata de Tajuña en 2026?

Esta página muestra el dato de 2025 incorporado desde el Ministerio de Hacienda, declarado por el Ayuntamiento de Morata de Tajuña: tipo máximo de la plusvalía municipal (IIVTNU), 17,00 %. No hemos comprobado el valor aplicable en 2026. Consulta la ordenanza fiscal aplicable a ese ejercicio y sus modificaciones en la sede electrónica del Ayuntamiento de Morata de Tajuña o en el boletín oficial correspondiente.

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