Plusvalía municipal en Torla-Ordesa 2025
En 2025, el Ayuntamiento de Torla-Ordesa aplica en el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (la «plusvalía municipal») un tipo de gravamen del 0,00 % sobre la base imponible, que se obtiene multiplicando el valor catastral del suelo por un coeficiente según los años que hayas tenido el inmueble.
Calcula la plusvalía municipal en Torla-Ordesa (método objetivo)
Coeficientes y tipos por años de tenencia en Torla-Ordesa
| Años de tenencia | Coeficiente | Tipo | Años de tenencia | Coeficiente | Tipo | Años de tenencia | Coeficiente | Tipo |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Menos de 1 año | 0,00 | 0,00 % | 7 años | 0,00 | 0,00 % | 14 años | 0,00 | 0,00 % |
| 1 año | 0,00 | 0,00 % | 8 años | 0,00 | 0,00 % | 15 años | 0,00 | 0,00 % |
| 2 años | 0,00 | 0,00 % | 9 años | 0,00 | 0,00 % | 16 años | 0,00 | 0,00 % |
| 3 años | 0,00 | 0,00 % | 10 años | 0,00 | 0,00 % | 17 años | 0,00 | 0,00 % |
| 4 años | 0,00 | 0,00 % | 11 años | 0,00 | 0,00 % | 18 años | 0,00 | 0,00 % |
| 5 años | 0,00 | 0,00 % | 12 años | 0,00 | 0,00 % | 19 años | 0,00 | 0,00 % |
| 6 años | 0,00 | 0,00 % | 13 años | 0,00 | 0,00 % | 20 años o más | 0,00 | 0,00 % |
Los coeficientes máximos los fija cada año la Ley de Presupuestos (artículo 107.4 del TRLRHL); el ayuntamiento puede aprobar coeficientes inferiores y un tipo de hasta el 30 %.
El IIVTNU es un impuesto de establecimiento voluntario: si tu ayuntamiento no lo tiene aprobado en su ordenanza, no se paga. Los valores mostrados son los comunicados a Hacienda por el propio ayuntamiento.
Cómo funciona la plusvalía municipal desde 2021
Tras la sentencia del Tribunal Constitucional de octubre de 2021 y el Real Decreto-ley 26/2021, el impuesto solo se paga si existe un incremento real de valor del terreno entre la compra y la transmisión (venta, herencia, donación). Hay dos formas de calcular la base imponible y el contribuyente puede elegir la más baja: el método objetivo (valor catastral del suelo × coeficiente según los años de tenencia, que es el que usa esta calculadora) y el método real (diferencia entre el valor de transmisión y el de adquisición, aplicada a la proporción que representa el suelo en el valor catastral). En las herencias paga el heredero; en las ventas, el vendedor; en las donaciones, quien recibe el inmueble.
Comparativa con municipios similares de Huesca
| Municipio | Tipo |
|---|---|
| Torla-Ordesa | 0,00 % |
| Castejón del Puente | 0,00 % |
| Alquézar | 0,00 % |
| Canal de Berdún | 0,00 % |
| Banastás | 0,00 % |
| Berbegal | 0,00 % |
| Villanueva de Sigena | 0,00 % |
| Media de los 200 municipios de Huesca | 4,78 % |
| Media nacional (7.399 municipios) | 11,25 % |
Posición nacional: 3327.º de 7.399 municipios · Ranking de Huesca → · Ranking nacional →
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la plusvalía municipal en Torla-Ordesa?
El tipo de gravamen del IIVTNU en Torla-Ordesa para 2025 es del 0,00 %. La base se calcula multiplicando el valor catastral del suelo por un coeficiente según los años de tenencia (por ejemplo, 0,00 a los 10 años). Con un suelo de 50.000 € y 10 años, la cuota objetiva sería de 0,00 €.
¿Se paga plusvalía si vendo con pérdidas?
No. Desde la reforma de 2021, si no hay incremento real de valor del terreno entre la adquisición y la transmisión, la operación no está sujeta al impuesto; hay que acreditarlo con las escrituras.
¿Quién paga la plusvalía en una herencia o donación?
En las herencias y donaciones paga quien recibe el inmueble; en las compraventas, el vendedor. Muchos ayuntamientos bonifican las herencias entre cónyuges, ascendientes y descendientes: consulta la ordenanza de Torla-Ordesa.
¿Cuál es el plazo para pagar?
30 días hábiles desde la transmisión entre vivos (venta o donación) y 6 meses desde el fallecimiento en las herencias, prorrogables otros 6.
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