Tipo de IBI en Otívar 2025
En 2025, el Ayuntamiento de Otívar aplica un tipo del 0,500 % sobre el valor catastral de las viviendas y demás inmuebles urbanos. La última revisión catastral del municipio fue en 2006.
Calcula tu IBI en Otívar
Cómo se calcula el IBI
La cuota del IBI se obtiene multiplicando el valor catastral del inmueble por el tipo de gravamen aprobado por el ayuntamiento en su ordenanza fiscal. La ley (artículo 72 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales) fija para los bienes urbanos un mínimo del 0,4 % y un máximo del 1,10 %, que puede subir por circunstancias como ser capital de provincia o prestar transporte público. Por eso dos ciudades con el mismo tipo pueden tener recibos muy distintos: lo que cambia es el valor catastral, que depende de cuándo se hizo la última revisión.
Comparativa con municipios similares de Granada
| Municipio | Tipo |
|---|---|
| Otívar | 0,500 % |
| Benalúa de las Villas | 0,700 % |
| Montillana | 0,430 % |
| Píñar | 0,600 % |
| Nívar | 0,470 % |
| Villamena | 0,400 % |
| Víznar | 0,470 % |
| Media de los 171 municipios de Granada | 0,530 % |
| Media nacional (7.399 municipios) | 0,594 % |
Posición nacional: 4974.º de 7.399 municipios · Ranking de Granada → · Ranking nacional →
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el tipo de IBI en Otívar en 2025?
El tipo aplicable a los bienes inmuebles urbanos de uso residencial en Otívar es del 0,500 % en 2025, según la información declarada por el ayuntamiento al Ministerio de Hacienda.
¿Es alto el IBI de Otívar?
Ocupa la posición 86 de 171 municipios de la provincia de Granada, cuya media es del 0,530 %. Recuerda que el recibo final depende también del valor catastral, revisado en 2006 en este municipio.
¿Cómo calculo lo que pagaré?
Multiplica el valor catastral de tu inmueble por el tipo (0,500 %) y divide entre 100. El resultado es la cuota íntegra anual, antes de bonificaciones.
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